Información general del trámite
Requisitos y medios de atención
Modalidades
Obligaciones
Preguntas frecuentes
Objetivo y justificación
OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA DAR SERVICIOS DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA, A EQUIPOS DETECTORES Y MEDIDORES DE RADIACIÓN IONIZANTE, A FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTES Y A LOS EQUIPOS QUE LAS CONTIENEN
Institución responsable
COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS (CNSNS)
Unidad administrativa a cargo:
DIRECCIÓN COORDINADORA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA
Solicitante:
PERSONAS MORALES O PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL.
Fundamento Legal:
ARTÍCULOS 26, 29, 30 Y 50 DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR, LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, ARTÍCULO 17-A.
ARTÍCULOS 26, 29, 30 Y 50 DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR, LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, ARTÍCULO 17-A.